Contiene: I. Punto de partida: La ordenación urbanística no confiere derecho a indemnización.- II. Indemnización por alteraciones del planeamiento.- III. Indemnización por limitaciones singulares.- IV. Indemnización por anulación de licencias, demora injustificada en su otorgamiento o denegación improcedente. Incluye notas al pie de página.
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Blasco, Avelino
Supuestos indemnizatorios en la nueva Ley del Suelo de 1998
En: Documentación Administrativa. -- no. 252-253 ((Sep. 1998-Abr. 1999), 0). -- Madrid : INAP, (Sep. 1998-Abr. 1999)
Contiene: I. Punto de partida: La ordenación urbanística no confiere derecho a indemnización.- II. Indemnización por alteraciones del planeamiento.- III. Indemnización por limitaciones singulares.- IV. Indemnización por anulación de licencias, demora injustificada en su otorgamiento o denegación improcedente. Incluye notas al pie de página.
1. ESPAÑA; 2. ES; 3. EXPROPIACION; 4. INDEMNIZACION; 5. SUELOS; 6. POLITICA DE ORDENAMIENTO URBANO; 7. PLANIFICACION URBANA