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Catálogo Bibliográfico


  

Preferencia, coordinación y prevalencia en el ejercicio de competencias concurrentes


  En: Revista de Administración Pública. -- no. 149 ((May-Ago 1999), 0). -- ,

  Contiene: I. Los criterios de preferencia y de prevalencia como delimitadores del ejercicio de determinadas competencias concurrentes: A. La concurrencia de títulos jurídicos habilitantes sobre un mismo espacio físico; B. La coordinación de actuaciones o de planificaciones; C. El criterio de la preferencia; D. La prevalencia del interés más amplio.- II. La prevalencia del interés general determinada normativamente por el legislador en la legislación sectorial (obras públicas, carreteras, puertos, aeropuertos, ferrocarriles, defensa nacional, espacios naturales protegidos, aguas, costas): A. Clasificación de las técnicas de prevalencia y validez constitucional de las mismas; B. La imposición de la planificación especial a la planificación general; C. Los informes vinculantes de la Administración del Estado previos a la aprobación de determinados instrumentos de ordenación territorial y urbanística; D. La decisión última del Consejo de Ministros; E. La prevalencia que supone la exoneración de las licencias urbanísticas cuando concurren razones de interés general.

  1. 
ESPAÑA
; 2. 
ES
; 3. 
COMUNIDAD AUTONOMA
; 4. 
DISTRIBUCION DE COMPETENCIA
; 5. 
COORDINACION
; 6. 
RELACIONES INTERGUBERNAMENTALES
; 7. 
ORDENAMIENTO DEL TERRITORIO
; 8. 
COMPETENCIA

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Peñarrubia Iza, Joaquín M.
Preferencia, coordinación y prevalencia en el ejercicio de competencias concurrentes
En: Revista de Administración Pública. -- no. 149 ((May-Ago 1999), 0). -- Madrid : Centro de Estudios Constitucionales; Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, (May.-Ago. 1999)

Contiene: I. Los criterios de preferencia y de prevalencia como delimitadores del ejercicio de determinadas competencias concurrentes: A. La concurrencia de títulos jurídicos habilitantes sobre un mismo espacio físico; B. La coordinación de actuaciones o de planificaciones; C. El criterio de la preferencia; D. La prevalencia del interés más amplio.- II. La prevalencia del interés general determinada normativamente por el legislador en la legislación sectorial (obras públicas, carreteras, puertos, aeropuertos, ferrocarriles, defensa nacional, espacios naturales protegidos, aguas, costas): A. Clasificación de las técnicas de prevalencia y validez constitucional de las mismas; B. La imposición de la planificación especial a la planificación general; C. Los informes vinculantes de la Administración del Estado previos a la aprobación de determinados instrumentos de ordenación territorial y urbanística; D. La decisión última del Consejo de Ministros; E. La prevalencia que supone la exoneración de las licencias urbanísticas cuando concurren razones de interés general.

1. ESPAÑA; 2. ES; 3. COMUNIDAD AUTONOMA; 4. DISTRIBUCION DE COMPETENCIA; 5. COORDINACION; 6. RELACIONES INTERGUBERNAMENTALES; 7. ORDENAMIENTO DEL TERRITORIO; 8. COMPETENCIA
Solicitante: