Contiene: I. Sobre la realidad de la potestad discrecional de la administración y sus consecuencias: A. Una potestad real puesto que es necesaria: 1. Una potestad real; 2. Una potestad necesaria; B. Las consecuencias de la discrecionalidad: 1. Un control generalmente limitado; 2. Un control que, incluso forzado, deja lugar a la apreciación de la oportunidad.- II. Sobre la libertad del juez: A. La delimitación del ámbito de control y de la naturaleza de las potestades: 1. El campo del control; 2. La naturaleza de los poderes controlados; B. La libre elección del control: 1. El juez no se encuentra vinculado por la naturaleza de la potestad controlada; 2. El juez no se encuentra subordinado a ningún otro tipo de limitaciones.- III. Sobre la situación del administrado: A. La escasa influencia de la potestad discrecional en lo que se refiere al objeto de la resolución.- B. El carácter protector de la intensificación de los controles: 1. El control del error manifiesto de apreciación; 2. La aplicación del balance de las situaciones; C. La legitimidad de las opciones del juez y su preocupación por un debate contencioso efectivo: 1. El juez se autolimita a sabiendas; 2. El juez vigila la efectividad del debate contencioso. Incluye notas al pie de página.
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Subra de Bieusses, Pierre
La potestad discrecional
En: Documentación Administrativa. -- no. 239 ((Jul.-Set. 1994), 0). -- Madrid : INAP (España), (Jul.-Set. 1994)
Contiene: I. Sobre la realidad de la potestad discrecional de la administración y sus consecuencias: A. Una potestad real puesto que es necesaria: 1. Una potestad real; 2. Una potestad necesaria; B. Las consecuencias de la discrecionalidad: 1. Un control generalmente limitado; 2. Un control que, incluso forzado, deja lugar a la apreciación de la oportunidad.- II. Sobre la libertad del juez: A. La delimitación del ámbito de control y de la naturaleza de las potestades: 1. El campo del control; 2. La naturaleza de los poderes controlados; B. La libre elección del control: 1. El juez no se encuentra vinculado por la naturaleza de la potestad controlada; 2. El juez no se encuentra subordinado a ningún otro tipo de limitaciones.- III. Sobre la situación del administrado: A. La escasa influencia de la potestad discrecional en lo que se refiere al objeto de la resolución.- B. El carácter protector de la intensificación de los controles: 1. El control del error manifiesto de apreciación; 2. La aplicación del balance de las situaciones; C. La legitimidad de las opciones del juez y su preocupación por un debate contencioso efectivo: 1. El juez se autolimita a sabiendas; 2. El juez vigila la efectividad del debate contencioso. Incluye notas al pie de página.
1. CONTROL DE LEGALIDAD; 2. LEGALIDAD; 3. DERECHO ADMINISTRATIVO