El interés de la autora es reflexionar acerca de las condiciones institucionales y económicas en que se hallará la Capital Federal en la hipótesis de ser trasladada a otro punto del país, traslado visto según las normas de la Constitución Nacional reformada. Pretendiendo marcar algunas de las peculiaridades del texto constitucional vigente y no va en ello un interés meramente intelectual, ya que en 1986-87 hemos vivido una tentativa real de concretarlo, dictando leyes de cesión de territorio las provincias de Buenos Aires y de Río Negro, y el Congreso aprobó el traslado por ley; cada provincia fijó que la sesión dispuesta quedaba sin efecto si trascurrido el término de cinco años, contados desde la fecha de publicación, no se diera cumplimiento al traslado; excedido con amplitud el término establecido, constituye ese traslado una tentativa frustrada, lo que no impide que se replantee otro mañana. La idea antepuesta se desarrolla en los siguientes títulos: Introducción; Antecedentes constitucionales; La ciudad de Buenos Aires; Enumeración de los antecedentes y proyectos de ley que consagraron a la ciudad de Buenos Aires como capital de la República; Proyecto de traslado de la Capital Federal a Viedma-Carmen de Patagones; La Constitución reformada ante un proyecto de traslado, nuevos problemas. Se concluye el trabajo exponiendo que del estudio realizado se puede deducir de los artículos que en ellos hay suficientes argumentos disuatorios para quien proponga el traslado de la Capital Federal a otro sitio que no sea la actual sede: la ciudad de Buenos Aires. Se incluye bibliografía al final del trabajo.
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Leonardi de Harbón, Hebe M.
La condición insustancial de la Capital Federal
En: Estudios sobre la reforma constitucional. -- Buenos Aires : Depalma; Universidad de Buenos Aires. Facultad de Derecho y Ciencias Sociales, 1995
El interés de la autora es reflexionar acerca de las condiciones institucionales y económicas en que se hallará la Capital Federal en la hipótesis de ser trasladada a otro punto del país, traslado visto según las normas de la Constitución Nacional reformada. Pretendiendo marcar algunas de las peculiaridades del texto constitucional vigente y no va en ello un interés meramente intelectual, ya que en 1986-87 hemos vivido una tentativa real de concretarlo, dictando leyes de cesión de territorio las provincias de Buenos Aires y de Río Negro, y el Congreso aprobó el traslado por ley; cada provincia fijó que la sesión dispuesta quedaba sin efecto si trascurrido el término de cinco años, contados desde la fecha de publicación, no se diera cumplimiento al traslado; excedido con amplitud el término establecido, constituye ese traslado una tentativa frustrada, lo que no impide que se replantee otro mañana. La idea antepuesta se desarrolla en los siguientes títulos: Introducción; Antecedentes constitucionales; La ciudad de Buenos Aires; Enumeración de los antecedentes y proyectos de ley que consagraron a la ciudad de Buenos Aires como capital de la República; Proyecto de traslado de la Capital Federal a Viedma-Carmen de Patagones; La Constitución reformada ante un proyecto de traslado, nuevos problemas. Se concluye el trabajo exponiendo que del estudio realizado se puede deducir de los artículos que en ellos hay suficientes argumentos disuatorios para quien proponga el traslado de la Capital Federal a otro sitio que no sea la actual sede: la ciudad de Buenos Aires. Se incluye bibliografía al final del trabajo.
1. ARGENTINA; 2. AR; 3. CAPITAL FEDERAL; 4. TRASLADO DE LA CAPITAL; 5. ORGANIZACION INSTITUCIONAL; 6. REFORMA CONSTITUCIONAL; 7. BUENOS AIRES; 8. DERECHO CONSTITUCIONAL