La Argentina acaba de pasar por otra reforma constitucional, la cuarta en menos de cincuenta años, ahora bien, más allá de las críticas que puedan realizarse al proceso reformador en sí mismo, a sus prolijidades o desprolijidades e inclusive a su acatamiento o no al mecanismo de reforma establecido en la propia Constitución, no se debe perder de vista que toda constitución no es sólo un instrumento jurídico sino que es, ante todo un instrumento político en tanto que sienta las bases de organización dentro de las cuales una comunidad determinada resuelve vivir. Por medio de la Constitución los individuos establecen libremente el Estado y organizan el poder cediendo parte de su libertad a efectos de posibilitar la realización individual mediante la vida en sociedad; así se produce un diálogo entre la norma constitucional y la sociedad en donde ambas intentan influir recíprocamente, el dilema entonces se plantea en terrenos de la organización y distribución del poder y en alcance del denominado poder de policía, entendido como la facultad estatal de restringir derechos en aras del bienestar general. Con afirmaciones de este tipo estamos en el difuso límite existente entre el derecho constitucional, la teoría constitucional y la ciencia política, para ello es inevitable a poco que se comprenda que no resulta posible analizar una constitución desde una óptica diferente; la crítica a un determinado sistema (y el análisis del sistema constitucional no escapa a esa regla) solo puede hacerse desde fuera de él, y ese es el propósito de este trabajo: analizar el texto de la Constitución reformada a la luz de los principios que estima el autor deben
constituir la base mínima del sistema, para ello analiza el tema desde los siguientes títulos: El camino a la reforma; La Constitución, instrumento de la libertad; Los controles interpoderes; Los decretos de necesidad y urgencia; La delegación legislativa; El jefe de gabinete; El poder judicial; El régimen de partidos políticos; Los mecanismos de democracia semidirecta; Los organismos de control; La defensa del sistema democrático; El sistema electoral, la duración de los mandatos; El proceso de formación de las leyes; Supremacía constitucional, el derecho interno y el derecho internacional; Nuevos decretos y garantías; Acción afirmativa; Federalismo; La cuestión capital; Régimen fiscal y financiero; Otras incorporaciones; La cuestión Malvinas y conclusiones. Se incluyen notas bibliográficas al pie de página.
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Vítolo, Alfredo M.
Luces y sombras de la nueva Constitución
En: Estudios sobre la reforma constitucional. -- Buenos Aires : Depalma, 1995
La Argentina acaba de pasar por otra reforma constitucional, la cuarta en menos de cincuenta años, ahora bien, más allá de las críticas que puedan realizarse al proceso reformador en sí mismo, a sus prolijidades o desprolijidades e inclusive a su acatamiento o no al mecanismo de reforma establecido en la propia Constitución, no se debe perder de vista que toda constitución no es sólo un instrumento jurídico sino que es, ante todo un instrumento político en tanto que sienta las bases de organización dentro de las cuales una comunidad determinada resuelve vivir. Por medio de la Constitución los individuos establecen libremente el Estado y organizan el poder cediendo parte de su libertad a efectos de posibilitar la realización individual mediante la vida en sociedad; así se produce un diálogo entre la norma constitucional y la sociedad en donde ambas intentan influir recíprocamente, el dilema entonces se plantea en terrenos de la organización y distribución del poder y en alcance del denominado poder de policía, entendido como la facultad estatal de restringir derechos en aras del bienestar general. Con afirmaciones de este tipo estamos en el difuso límite existente entre el derecho constitucional, la teoría constitucional y la ciencia política, para ello es inevitable a poco que se comprenda que no resulta posible analizar una constitución desde una óptica diferente; la crítica a un determinado sistema (y el análisis del sistema constitucional no escapa a esa regla) solo puede hacerse desde fuera de él, y ese es el propósito de este trabajo: analizar el texto de la Constitución reformada a la luz de los principios que estima el autor deben
constituir la base mínima del sistema, para ello analiza el tema desde los siguientes títulos: El camino a la reforma; La Constitución, instrumento de la libertad; Los controles interpoderes; Los decretos de necesidad y urgencia; La delegación legislativa; El jefe de gabinete; El poder judicial; El régimen de partidos políticos; Los mecanismos de democracia semidirecta; Los organismos de control; La defensa del sistema democrático; El sistema electoral, la duración de los mandatos; El proceso de formación de las leyes; Supremacía constitucional, el derecho interno y el derecho internacional; Nuevos decretos y garantías; Acción afirmativa; Federalismo; La cuestión capital; Régimen fiscal y financiero; Otras incorporaciones; La cuestión Malvinas y conclusiones. Se incluyen notas bibliográficas al pie de página.
1. ARGENTINA; 2. AR; 3. CONSTITUCION; 4. DECRETOS DE NECESIDAD Y URGENCIA; 5. DELEGACION DE COMPETENCIA; 6. JEFE DE GABINETE; 7. PODER JUDICIAL; 8. CAPITAL FEDERAL; 9. REFORMA CONSTITUCIONAL; 10. DELEGACION LEGISLATIVA; 11. DERECHO CONSTITUCIONAL; 12. PODER LEGISLATIVO; 13. PODER EJECUTIVO; 14. DERECHOS Y GARANTIAS