Barra, Rodolfo Carlos
La acción de amparo en la Constitución reformada : la legitimación para accionar
En: Estudios sobre la reforma constitucional. -- Buenos Aires : Depalma, 1995
El art. 43 de la Constitución Nacional, según la reforma de 1994 introduce algunas importantes novedades constitucionales: por un lado le otorga expresa jerarquía constitucional -antes la tenía de manera "implícita", por el art. 33, según regulación legal o interpretación judicial- a la acción de amparo y al habeas corpus, a la vez que incorpora, en la misma norma, el denominado habeas data. En materia de amparo, el art. 43, en su primer párrafo, sigue la línea de la Ley 16.986 y de la abundante jurisprudencia existente en la materia, y el texto puede dividirse en dos partes: la 1º se refiere a las condiciones de procedencia tanto subjetivas como objetivas de amparo, como también al contenido y alcances de la acción. El párrafo 2º del art. 43, el constituyente se introduce en una situación novedosa: la procedencia objetiva de la acción requiere de las mismas condiciones antes analizadas, pero aquí circunscripta a casos especiales, ya que además del afectado, el contribuyente identificó a otros que, sin ser afectados, están igualmente legitimados en razón de la especial naturaleza del derecho o garantía protegida, por eso el constituyente creó dos legitimados especiales: el Defensor del Pueblo y las asociaciones de protección. El autor analiza en detalle los temas aquí señalados, concluye que, coincide en que el Congreso debería rápidamente reglamentar el art. 43 de la Constitución de una nueva ley sobre el amparo, que, naturalmente, aproveche la experiencia jurisprudencial y doctrinaria ganada en la aplicación de la Ley 16.986, norma ésta que ya no parece suficiente para dar respuesta a las cuestiones que plantea la nueva disposición consti
tucional. Incluye notas bibliográficas al pie de página.
1. ARGENTINA; 2. AR; 3. ACCION DE AMPARO; 4. REFORMA CONSTITUCIONAL; 5. ORGANISMOS DE CONTROL; 6. DERECHO CONSTITUCIONAL; 7. HABEAS CORPUS; 8. HABEAS DATA; 9. DERECHOS Y GARANTIAS INDIVIDUALES