El tema en cuestión "Funciones en el régimen jurídico único", según el autor es uno de los más polémicos, siendo interpretado diferentemente por diversos juristas de renombre. Describe, en su contenido, algunas de las experiencias efectuadas por el IBAM y presenta las alternativas encontradas por los municipios. En la conclusión se hace referencia a que el hecho de permitir la cobertura de cargos públicos sin una previa habilitación en concurso público por oposición nos lleva a concluir que la transformación automática de empleos en cargos no es la mejor forma de dar solución al problema. La alternativa que se presenta como la más viable, es la que siendo el régimen de trabajo de naturaleza estatutaria, comprende un conjunto de preceptos legales que disciplinan una relación de función pública ejercida por aquellos que permanecen en la administración pública. Finalmente las situaciones presentadas deben ser coherentes con la legislación en vigencia, a fin de evitar que el procedimiento práctico adoptado en la institución y en la implantación del régimen jurídico único no sea diferente de aquel que la legislación tenga previsto.
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Nunes, Sergio Araújo
Funçoes públicas no regime juríco único
En: RAM, Revista de Administraçao Municipal. -- Año 41, no. 212 ((Jun.-Set. 1994), 0). -- Rio de Janeiro : Instituto Brasileiro de Administraco Municipal; IBAM, (Jun.-Set. 1994)
El tema en cuestión "Funciones en el régimen jurídico único", según el autor es uno de los más polémicos, siendo interpretado diferentemente por diversos juristas de renombre. Describe, en su contenido, algunas de las experiencias efectuadas por el IBAM y presenta las alternativas encontradas por los municipios. En la conclusión se hace referencia a que el hecho de permitir la cobertura de cargos públicos sin una previa habilitación en concurso público por oposición nos lleva a concluir que la transformación automática de empleos en cargos no es la mejor forma de dar solución al problema. La alternativa que se presenta como la más viable, es la que siendo el régimen de trabajo de naturaleza estatutaria, comprende un conjunto de preceptos legales que disciplinan una relación de función pública ejercida por aquellos que permanecen en la administración pública. Finalmente las situaciones presentadas deben ser coherentes con la legislación en vigencia, a fin de evitar que el procedimiento práctico adoptado en la institución y en la implantación del régimen jurídico único no sea diferente de aquel que la legislación tenga previsto.