Deportes
En: Estudios sobre el derecho de la Comunidad de Madrid. --
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1987
El deporte, importante actividad individual y colectiva de la humanidad, es en el presente, quizá como en ninguna otra época histórica, objeto de atención de primer orden; una confluencia más o menos visible de intereses, junto a constatadas polémicas de alcance nacional e internacional, provocadas por muy variados motivos, y dentro de esa actitud global se alinea, como no podía ser menos, el interés de los poderes públicos por suministrar propuestas adecuadas a los complejos interrogantes que plantea semejante fenómeno. En tales respuestas figura, claro está, la del legislador que consciente de la creciente importancia adquirida por el desarrollo de las actividades deportivas, no ha dejado de reaccionar en el plano de la producción normativa. A partir de allí, los juicios u opiniones son extraordinariamente divergentes, desde quienes entienden que los intentos de regulación o encauzamiento normativo del fenómeno deportivo constituyen una intolerable intromisión política en un sector de la vida social que funcione privadamente o de forma autónoma, hasta quienes por contra, estiman absolutamente imprescindible y legítima la intervención de los poderes públicos en la organización y el establecimiento del régimen general de las actividades deportivas, existe un abanico de opinión frecuentemente teñido de personalismo no ideológico, no exento de contradicciones de gran alcance que reflejan, naturalmente, en la elaboración de las normas jurídicas de cobertura, pero también es necesario aclarar que, se detecta una coincidencia general ante el fenómeno deportivo, y es la de la necesidad inapelable de resolver el problema de la marginación tradici
onal del deporte. Pues bien, el análisis jurídico que el artículo se propone analizar es en relación con la actuación normativa de la Comunidad Autónoma de Madrid y el primero y fundamental aspecto que se examina es el relativo a la justificación, alcance y límites de la competencia de la Comunidad Autónoma Madrileña para la regulación del deporte. Una vez expuestos los fundamentos constitucionales y estatutarios de la capacidad legislativa que, sobre el deporte, posee la Comunidad Autónoma de Madrid, se debe considerar los aspectos principales de la regulación llevada a cabo y el ámbito de aplicación. Otro aspecto a considerar y sobre el que la legislación madrileña pone el acento es el que se refiere al asociacionismo deportivo, auténtico punto de apoyo de las actividades deportivas o del desarrollo del deporte, pudiendo agruparse a las mismas en tres tipos diferentes: agrupaciones deportivas, clubs y federaciones. Otro aspecto a considerar es el régimen económico-patrimonial de las Entidades deportivas, que en la Ley, se contempla en términos muy similares a los de la legislación deportiva. Otro aspecto importante regulado en la Ley deportiva madrileña es el referente a los sistemas electorales en el asociacionismo deportivo. Otra preocupación constante detectada en el fenómeno deportivo ha sido la de administrar la disciplina deportiva y el último aspecto es el que toda la regulación sustantiva de la Ley y la normativa de desarrollo que en ella se anuncia debe ser principalmente aplicada por la estructura orgánica de la Comunidad Autónoma de Madrid que, genéricamente y específicamente se ha constituído. Se incluyen notas y bibliografía al pie de p
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