"Economía y Hacienda" es la rúbrica del Título V del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, cuyo contenido es relativamente heterogéneo, ya que junto con la materia hacendística o financiera pública (ingresos y gastos), a la que se destina la mayor parte de sus artículos, se regulan en él los bienes de la Comunidad; se establecen los principios de autonomía financiera y coordinación con las haciendas estatal y local y el de colaboración con el Estado y los Ayuntamientos en materia fiscal y financiera y se atribuye a la Comunidad de Madrid el mismo fiscal que la Ley establezca para el Estado. Finalmente se confieren a la Comunidad determinadas competencias en el ámbito crediticio y se prevé la elaboración de un programa anual de actuación del sector público. En la exposición se ordena sistemáticamente el estudio en torno de los siguientes apartados: Presupuestos, Ingresos públicos, Patrimonio e Instituciones financieras y al tratamiento de estas cuestiones lo precede un exámen de la organización administrativa autonómica a la que se hallan conferidas competencias en los campos mencionados. En torno al principio de autonomía financiera, que constituye el soporte esencial de la Hacienda autonómica y por lo tanto de la autonomía misma, se analiza que tiene rango constitucional y no es sino la concreción en materia de ingresos y gastos públicos del principio general de autonomía que la C.E.proclama en varios preceptos, no sólo con referencia a las Comunidades Autónomas que lo ostentan en su misma denominación, sino también respecto a las Corporaciones Locales. El contenido se desarrolla en los siguientes capítulos:Introducción. Princip
io de Autonomía Financiera; Organización administrativa; Presupuestos; Ingresos; Patrimonio; Entidades de Crédito. Se incluyen notas y bibliografía al pie de página.
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Palao Taboada, Carlos
Economía y hacienda
En: Estudios sobre el derecho de la Comunidad de Madrid. -- Madrid : Comunidad de Madrid; Civitas, 1987
"Economía y Hacienda" es la rúbrica del Título V del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, cuyo contenido es relativamente heterogéneo, ya que junto con la materia hacendística o financiera pública (ingresos y gastos), a la que se destina la mayor parte de sus artículos, se regulan en él los bienes de la Comunidad; se establecen los principios de autonomía financiera y coordinación con las haciendas estatal y local y el de colaboración con el Estado y los Ayuntamientos en materia fiscal y financiera y se atribuye a la Comunidad de Madrid el mismo fiscal que la Ley establezca para el Estado. Finalmente se confieren a la Comunidad determinadas competencias en el ámbito crediticio y se prevé la elaboración de un programa anual de actuación del sector público. En la exposición se ordena sistemáticamente el estudio en torno de los siguientes apartados: Presupuestos, Ingresos públicos, Patrimonio e Instituciones financieras y al tratamiento de estas cuestiones lo precede un exámen de la organización administrativa autonómica a la que se hallan conferidas competencias en los campos mencionados. En torno al principio de autonomía financiera, que constituye el soporte esencial de la Hacienda autonómica y por lo tanto de la autonomía misma, se analiza que tiene rango constitucional y no es sino la concreción en materia de ingresos y gastos públicos del principio general de autonomía que la C.E.proclama en varios preceptos, no sólo con referencia a las Comunidades Autónomas que lo ostentan en su misma denominación, sino también respecto a las Corporaciones Locales. El contenido se desarrolla en los siguientes capítulos:Introducción. Princip
io de Autonomía Financiera; Organización administrativa; Presupuestos; Ingresos; Patrimonio; Entidades de Crédito. Se incluyen notas y bibliografía al pie de página.