Una vez decidida la configuración de Madrid como Comunidad Autónoma uniprovincial, su Estatuto, le ha dado un contenido y una estructura semejante a la de las demás Comunidades. Aunque consideraciones de índole territorial e histórica permitieron discutir la conveniencia de crear esta Comunidad, sin embargo, la densidad de la población, su potencia económica y los problemas específicos creados por su carácter de singular área metropolitana, como su significado como capital de Estado, justificaron, sin duda, la decisión adoptada. Los problemas de convivencia social y de articulación de los poderes públicos son, en esta Comunidad, semejantes cuando no mayores a los planteados en otras. Por otra parte, la condición de Villa de Madrid como capital del Estado y sede de las Instituciones generales confiere a esta Comunidad una singularidad especial. Los poderes de la Comunidad de Madrid se ejercen a través de sus instituciones de autogobierno: la Asamblea de Madrid, el Consejo de Gobierno y el Presidente de la Comunidad. Las competencias y el funcionamiento de estas instituciones no difieren especialmente de las que tienen atribuídas las instituciones paralelas de las demás Comunidades. En este contexto esta obra se desarrolla en los siguientes capítulos: 1: Introducción; 2: Posición jurídica de la Asamblea; 3: Composición y organización de la Asamblea; 4: Funciones; 5: Control de la actividad de la Asamblea.
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Sainz Moreno, Fernando
La Asamblea de Madrid
En: Estudios sobre el derecho de la Comunidad de Madrid. -- Madrid : Comunidad de Madrid; Civitas, 1987
Una vez decidida la configuración de Madrid como Comunidad Autónoma uniprovincial, su Estatuto, le ha dado un contenido y una estructura semejante a la de las demás Comunidades. Aunque consideraciones de índole territorial e histórica permitieron discutir la conveniencia de crear esta Comunidad, sin embargo, la densidad de la población, su potencia económica y los problemas específicos creados por su carácter de singular área metropolitana, como su significado como capital de Estado, justificaron, sin duda, la decisión adoptada. Los problemas de convivencia social y de articulación de los poderes públicos son, en esta Comunidad, semejantes cuando no mayores a los planteados en otras. Por otra parte, la condición de Villa de Madrid como capital del Estado y sede de las Instituciones generales confiere a esta Comunidad una singularidad especial. Los poderes de la Comunidad de Madrid se ejercen a través de sus instituciones de autogobierno: la Asamblea de Madrid, el Consejo de Gobierno y el Presidente de la Comunidad. Las competencias y el funcionamiento de estas instituciones no difieren especialmente de las que tienen atribuídas las instituciones paralelas de las demás Comunidades. En este contexto esta obra se desarrolla en los siguientes capítulos: 1: Introducción; 2: Posición jurídica de la Asamblea; 3: Composición y organización de la Asamblea; 4: Funciones; 5: Control de la actividad de la Asamblea.
1. ESPAÑA; 2. ES; 3. MADRID; 4. COMUNIDAD AUTONOMA; 5. PARLAMENTO