Los delitos tributarios y su aplicación en las jurisdicciones provinciales
[Monografía]. --
Buenos Aires :
[s.n.]
, 1990. --
El dictado de la Ley No. 23.771 de Régimen Penal Tributario significa una modificación de importancia para todo el sistema jurídico-tributario argentino, pero la magnitud del cambio operado depende de la solución que se le dé a esta pregunta: ¿los tipos penales creados por dicha ley deben entenderse incorporados al Código Penal con el alcance previsto por el art. 67, inc. 11, primera parte, de la Constitución Nacional?, a su vez, de responderse afirmativamente a esta cuestión, surgen otras cuestiones vinculadas con los alcances de la aplicación del nuevo régimen en jurisdicción provincial: ¿en qué medida rigen, más allá del ámbito federal o nacional, las normas procesales contenidas por la citada ley? ¿En especial, es vinculante para las provincias la norma del art. 16 que, luego de establecer la independencia de las acciones tributarias y penales, impide dictar resolución en sede administrativa mientras no quede firme y pasada en autoridad de cosa juzgada la sentencia penal respectiva? ¿Cuáles son las posibilidades reglamentarias al respecto de los gobiernos provinciales? El presente trabajo se propone como problema el conjunto de dichos interrogantes y aspira a ofrecer respuestas a los mismos, a la vez que sugerir soluciones prácticas bajo los siguientes puntos: 1. Antecedentes; 2. La incorporación al Código Penal de los nuevos delitos tributarios; 3. Conclusiones y recomendaciones.
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Lamas, Félix Adolfo
Los delitos tributarios y su aplicación en las jurisdicciones provinciales [Monografía]. -- Buenos Aires : [s.n.], 1990
El dictado de la Ley No. 23.771 de Régimen Penal Tributario significa una modificación de importancia para todo el sistema jurídico-tributario argentino, pero la magnitud del cambio operado depende de la solución que se le dé a esta pregunta: ¿los tipos penales creados por dicha ley deben entenderse incorporados al Código Penal con el alcance previsto por el art. 67, inc. 11, primera parte, de la Constitución Nacional?, a su vez, de responderse afirmativamente a esta cuestión, surgen otras cuestiones vinculadas con los alcances de la aplicación del nuevo régimen en jurisdicción provincial: ¿en qué medida rigen, más allá del ámbito federal o nacional, las normas procesales contenidas por la citada ley? ¿En especial, es vinculante para las provincias la norma del art. 16 que, luego de establecer la independencia de las acciones tributarias y penales, impide dictar resolución en sede administrativa mientras no quede firme y pasada en autoridad de cosa juzgada la sentencia penal respectiva? ¿Cuáles son las posibilidades reglamentarias al respecto de los gobiernos provinciales? El presente trabajo se propone como problema el conjunto de dichos interrogantes y aspira a ofrecer respuestas a los mismos, a la vez que sugerir soluciones prácticas bajo los siguientes puntos: 1. Antecedentes; 2. La incorporación al Código Penal de los nuevos delitos tributarios; 3. Conclusiones y recomendaciones.