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Catálogo Bibliográfico


  

La administración municipal francesa


  En: Documentación Administrativa. -- no. 228 ((Oct.-Nov. 1991), 0). -- ,

  Este trabajo tiene por objetivo exponer sobre la administración municipal francesa. Con las excepciones que se han de considerar, se trata de una forma de gobierno local uniforme, fundamentada en el doble pilar que forman una Asamblea deliberante, el Ayuntamiento, y una autoridad ejecutiva, el Alcalde; elegido por el Ayuntamiento y asistido por sus adjuntos. Se constata la forma en que se organizan los municipios en el conjunto del territorio francés, es decir: el territorio de cada uno de ellos y su número y agrupación. Las entidades locales y los municipios en particular juegan un papel destacado en la vida nacional, a pesar de ello existen enormes dificultades de gestión provocadas en gran medida por su excesivo número, seguido de las deficiencias de medios de que adolecen la mayor parte de ellos. Esto lleva a un estado tal de cosas que llevan a afrontar no sólo una disminución del número de municipios mediante la fusión de determinados de ellos, sinio también arbitrar fórmulas de organización supramunicipales. El Ayuntamiento ordena por medio de sus acuerdos los asuntos del Municipio; lo que lleva a estudiar su composición y modalidades de funcionamiento. Los miembros del Ayuntamiento son designados mediante elección pos sufragio universal directo; el desempeño de su función es gratuito; la duración del mandato es de seis años y la renovación es total. El Alcalde es escogido por el Ayuntamiento en su seno, en el transcurso de la primera reunión de éste tras las elecciones. La votación tiene lugar mediante voto secreto, siendo necesaria la mayoría absoluta en las dos primeras vueltas; en la tercera vuelta es suficiente la mayoría simple.
Un procedimiento idéntico permite elegir a los Tenientes de Alcalde, cuyo número varía de 1 a 20 según los municipios. El Alcalde se ha convertido en el órgano de poder más importante, personalizando al municipio y dirigiendo su política; no es responsable ante el Ayuntamiento, que no puede poner fin a sus funciones. Se analizan los aspectos referentes a la elección y estatuto del Alcalde, su importancia en el municipio y atribuciones. Los casos particulares señalados al comienzo se refieren a París, Lyon y Marsella y a las "ciudades nuevas" que se tratan en forma particular. La ciudad de París es una entidad territorial muy particular, ya que la Ley del 31 de diciembre de 1975 que ha establecido su estatuto dispone que: "el territorio de la ciudad de París comprende dos entidades territoriales distintas: el Municipio de París y el Departamento de París. Los asuntos de estas dos entidades son regulados por acuerdos de una misma Asamblea denominada Ayuntamiento de París. Este dispone simultáneamente de las competencias de un Ayuntamiento y de un "conseil général". Sus 163 miembros son elegidos por "arrondissement" mediante el voto de lista mayoritaria de dos vueltas. En su carácter de órgano deliberante del Municipio, el Ayuntamiento elige a su órgano ejecutivo, el Alcalde. A fin de acercar la gestión a los habitantes, cada uno de los veinte "arrondissements" de París ha sido dotado de un Ayuntamiento y un Alcalde de barrio, fórmula que también ha sido adoptada por Lyon y Marsella. El fuerte crecimiento urbano de los años sesenta determinó la construcción de grandes bloques de viviendas y actividades distantes de las agrupaciones existentes, formando
las denominadas "ciudades nuevas". Se analizan las estructuras administrativas de las mismas y sus particularidades. Incluye 36 referencias bibliográficas.

  1. 
FR
; 2. 
FRANCIA
; 3. 
ORGANIZACION MUNICIPAL
; 4. 
ADMINISTRACION MUNICIPAL
; 5. 
ESTRUCTURA DE LA ORGANIZACION
; 6. 
GOBIERNO MUNICIPAL
; 7. 
AYUNTAMIENTO

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Bieusses, P. Subra de
La administración municipal francesa
En: Documentación Administrativa. -- no. 228 ((Oct.-Nov. 1991), 0). -- Madrid : INAP (España), (Oct.-Nov. 1991)

Este trabajo tiene por objetivo exponer sobre la administración municipal francesa. Con las excepciones que se han de considerar, se trata de una forma de gobierno local uniforme, fundamentada en el doble pilar que forman una Asamblea deliberante, el Ayuntamiento, y una autoridad ejecutiva, el Alcalde; elegido por el Ayuntamiento y asistido por sus adjuntos. Se constata la forma en que se organizan los municipios en el conjunto del territorio francés, es decir: el territorio de cada uno de ellos y su número y agrupación. Las entidades locales y los municipios en particular juegan un papel destacado en la vida nacional, a pesar de ello existen enormes dificultades de gestión provocadas en gran medida por su excesivo número, seguido de las deficiencias de medios de que adolecen la mayor parte de ellos. Esto lleva a un estado tal de cosas que llevan a afrontar no sólo una disminución del número de municipios mediante la fusión de determinados de ellos, sinio también arbitrar fórmulas de organización supramunicipales. El Ayuntamiento ordena por medio de sus acuerdos los asuntos del Municipio; lo que lleva a estudiar su composición y modalidades de funcionamiento. Los miembros del Ayuntamiento son designados mediante elección pos sufragio universal directo; el desempeño de su función es gratuito; la duración del mandato es de seis años y la renovación es total. El Alcalde es escogido por el Ayuntamiento en su seno, en el transcurso de la primera reunión de éste tras las elecciones. La votación tiene lugar mediante voto secreto, siendo necesaria la mayoría absoluta en las dos primeras vueltas; en la tercera vuelta es suficiente la mayoría simple.
Un procedimiento idéntico permite elegir a los Tenientes de Alcalde, cuyo número varía de 1 a 20 según los municipios. El Alcalde se ha convertido en el órgano de poder más importante, personalizando al municipio y dirigiendo su política; no es responsable ante el Ayuntamiento, que no puede poner fin a sus funciones. Se analizan los aspectos referentes a la elección y estatuto del Alcalde, su importancia en el municipio y atribuciones. Los casos particulares señalados al comienzo se refieren a París, Lyon y Marsella y a las "ciudades nuevas" que se tratan en forma particular. La ciudad de París es una entidad territorial muy particular, ya que la Ley del 31 de diciembre de 1975 que ha establecido su estatuto dispone que: "el territorio de la ciudad de París comprende dos entidades territoriales distintas: el Municipio de París y el Departamento de París. Los asuntos de estas dos entidades son regulados por acuerdos de una misma Asamblea denominada Ayuntamiento de París. Este dispone simultáneamente de las competencias de un Ayuntamiento y de un "conseil général". Sus 163 miembros son elegidos por "arrondissement" mediante el voto de lista mayoritaria de dos vueltas. En su carácter de órgano deliberante del Municipio, el Ayuntamiento elige a su órgano ejecutivo, el Alcalde. A fin de acercar la gestión a los habitantes, cada uno de los veinte "arrondissements" de París ha sido dotado de un Ayuntamiento y un Alcalde de barrio, fórmula que también ha sido adoptada por Lyon y Marsella. El fuerte crecimiento urbano de los años sesenta determinó la construcción de grandes bloques de viviendas y actividades distantes de las agrupaciones existentes, formando
las denominadas "ciudades nuevas". Se analizan las estructuras administrativas de las mismas y sus particularidades. Incluye 36 referencias bibliográficas.

1. FR; 2. FRANCIA; 3. ORGANIZACION MUNICIPAL; 4. ADMINISTRACION MUNICIPAL; 5. ESTRUCTURA DE LA ORGANIZACION; 6. GOBIERNO MUNICIPAL; 7. AYUNTAMIENTO
Solicitante: