Los decretos de necesidad y urgencia : estado actual del problema en la provincia de Buenos Aires
En: Función Pública. -- Año 6, no. 68 ((1993), 0). --
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El artículo tiene por objetivo realizar un panorama general acerca de los decretos de necesidad y urgencia de la Provincia de Buenos Aires. Primeramente señala que la proliferación de este tipo de medidas se ha acentuado en el último decenio y pone en evidencia por un lado, la mayor complejidad y vertiginosidad de los cambios sociales y económicos, y por otro cierta vetustez en los mecanismos institucionales de generación de las leyes, sobre todo en épocas de crisis. Técnicamente, estos decretos, son actos de alcance general dictado por el Poder Ejecutivo con carácter excepcional, en ejercicio de una competencia orgánicamente atribuída al Poder Legislativo, con características que lo diferencian de la actividad reglamentaria ordinaria. Se reseña su evolución doctrinaria y jurisprudencial; y respecto de los supuestos de hecho que justifican su dictado, que no son otra cosa que la motivación, y precisa un poco más el alcance de los términos "necesidad" y "urgencia". Y, en este sentido, enuncia la siguiente regla par determinar la existencia o no del estado de necesidad: el decreto de sustancia legislativa debe aparecer como imprescindible para conjurar una emergencia, objetivo que no se alcanzaría si se recurriera al trámite legislativo formal. Respecto a la oportunidad de dictarlo, el actual Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires se ha cuidado de dictar normas de este tipo durante el período de sesiones ordinarias, procediendo a hacerlo sólo en el período de receso de la Legislatura y cuando circunstancias de real urgencia requerían una rápida solución legal. Destaca que él mismo se halla sometido a un control legislativo de oficio
y "posteriori" del que podrá resultar su subsistencia, su derogación o su modificación. Expone la posibilidad de que el control legislativo puede ser ejercido mediante el dictado de una declaración o resolución de las Cámaras. En cuanto al control judicial se halla investido de la potestad -ante la demanda de un sujeto legitimado- de examinar su necesidad y razonabilidad; realizando también el control de constitucionalidad sobre la materia regulada. El mismo no procede de oficio sino a petición de parte legitimada, ya sea a través de un proceso ordinario o de un amparo. A continuación da a conocer algunos de estos decretos en la Provincia de Buenos Aires, y la propuesta de un tratamiento normativo para los reglamentos de necesidad y urgencia. Dos son las críticas que suelen efectuárseles a estos decretos: una, referida a su supuesto carácter antidemocrático; la otra vinculada a la inseguridad jurídica que generarían. Mientras que desde una visión optimista, son considerados no como un instrumento de vulneración de los principios republicanos sino una alternativa posible para la defensa del sistema democrático en situaciones de urgente necesidad. Finaliza recomendando que de construir una teoría sistemática, integral y coherente de estos reglamentos, quizás se lograría visualizarlas como una herramienta válida para superar situaciones críticas, útil al sistema democrático y hábiles para asegurar la juridicidad del Estado.
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