Este trabajo tiene por objetivo exponer sobre el ámbito de la autonomía financiera en las provincias y municipios de España. Se tratan las características básicas de la autonomía local; sus límites máximos y mínimos, determinados por los intereses que no le son propios y por las garantías institucionales. Luego se diferencian los diversos grados de autonomía asignados a los distintos entes territoriales, es decir, las Comunidades Autónomas por un lado, las provincias y municipios por otro. El artículo 137 de la constitución dota a los municipios y provincias de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses; constituyendo la verdadera clave que permite aprehender el contenido y alcance de la autonomía local. La alusión constitucional a los intereses de cada colectividad no incluye tan sólo los que sean particulares o exclusivos de la comunidad local sino también los que le son comunes a otras colectividades. Se analiza el principio de autonomía financiera previsto en la constitución, el cual otorga: poder para establecer y exigir tributos, suficiencia de medios, poder para configurar los recursos de su sistema financiero y poder presupuestario. Asimismo, la autonomía financiera afecta al conjunto de potestades necesarias para satisfacer aquellos intereses propios de la comunidad. Se establecen los alcances de la autonomía financiera local; los distintos tipos de controles y tutelas. Concluye señalando que aún continúa la polémica en torno al reconocimiento constitucional de la autonomía financiera local. Algunos autores estiman que la Constitución sólo se inclina por la suficiencia de medios frente a la autonomía financiera
expresamente reconocida por las comunidades autónomas. Ahora corresponde a la ley fijar su radio de acción y deberá por consiguiente precisar el quantum de la autonomía financiera local.
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Ojeda Marín, Alfonso
El ámbito de la autonomía financiera en las provincias y municipios
En: Revista de Estudios de la Administración Local y Autonómica. -- no. 255-256 ((Jul-Dic 1992), 0). -- Madrid : INAP (España), (Jul.-Dic. 1992)
Este trabajo tiene por objetivo exponer sobre el ámbito de la autonomía financiera en las provincias y municipios de España. Se tratan las características básicas de la autonomía local; sus límites máximos y mínimos, determinados por los intereses que no le son propios y por las garantías institucionales. Luego se diferencian los diversos grados de autonomía asignados a los distintos entes territoriales, es decir, las Comunidades Autónomas por un lado, las provincias y municipios por otro. El artículo 137 de la constitución dota a los municipios y provincias de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses; constituyendo la verdadera clave que permite aprehender el contenido y alcance de la autonomía local. La alusión constitucional a los intereses de cada colectividad no incluye tan sólo los que sean particulares o exclusivos de la comunidad local sino también los que le son comunes a otras colectividades. Se analiza el principio de autonomía financiera previsto en la constitución, el cual otorga: poder para establecer y exigir tributos, suficiencia de medios, poder para configurar los recursos de su sistema financiero y poder presupuestario. Asimismo, la autonomía financiera afecta al conjunto de potestades necesarias para satisfacer aquellos intereses propios de la comunidad. Se establecen los alcances de la autonomía financiera local; los distintos tipos de controles y tutelas. Concluye señalando que aún continúa la polémica en torno al reconocimiento constitucional de la autonomía financiera local. Algunos autores estiman que la Constitución sólo se inclina por la suficiencia de medios frente a la autonomía financiera
expresamente reconocida por las comunidades autónomas. Ahora corresponde a la ley fijar su radio de acción y deberá por consiguiente precisar el quantum de la autonomía financiera local.
1. ESPAÑA; 2. ES; 3. AUTONOMIA MUNICIPAL; 4. FINANZAS DE LA ADMINISTRACION LOCAL