Nueva dimensión del campo de la auditoría gubernamental moderna
En: Revista Internacional de Ciencias Administrativas. -- Vol. 49 , no. 4 ((Oct.-Dic. 1983), 0). --
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(Oct.-Dic. 1983)
Artículo sobre la moderna orientación del control público hacendal hacia una extensión de límites fuera del campo meramente legal. Contiene las recomendaciones del VII y del IX Congreso Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores,(Montreal-Canadá, 1971 y Lima, 1977). Analiza la política técnica en relación a auditorías gubernamentales del Instituto Latinoamericano de Ciencias Fiscalizadoras; como asi también la auditoría operacional y auditoría financiera; países líderes en auditoría operacional; avances hacia esa orientación en América Latina; legislación de Perú, Chile, Venezuela y Ecuador sobre la materia de Tribunal de Cuentas; auditoría gubernamental en países en desarrollo; control de gestión y auditoría de eficiencia, de economía y de efectividad. Presenta además conclusiones del Seminario sobre Auditoría Gubernamental en Viena en 1979; Patrocinio de la Naciones Unidas y el INTOSAI; Decreto Presidencial No. 898 promulgado en 1976 en Filipinas; Legislación similar de Malasia; Auditoría de "Valor de Dinero"; Creación de la oficina del Auditor General/57 y la importancia al cambio acaecido en los últimos años limitando el campo hasta donde se fiscaliza. Además la Proposición de la Cámara para modificar el sistema de auditoría pública; necesidad del respaldo del Parlamento, de los Congresos o Legislaturas para modificar la legislación; avance logrado en Canadá separando la función del auditor general por la del Contralor General (principal funcionario de dicho país). También la Oficina de Control en Japón como integrante del Ministerio de Finanzas, relacionada directamente con el Gabinete. La sanción de la Constitución de Meiji
en 1889. La subordinación de la Auditoría al Ejecutivo; finalidades básicas del Control Fiscal de la Junta; gran cambio con posterioridad a la segunda guerra mundial; transferencia de la soberanía al pueblo por la nueva Constitución de 1947. Concluye con las reformas producidas en Colombia, Australia, Nueva Zelandia, España, Ceilán, Filipinas, OEA, Papua, Nueva Guinea y Argentina, con sus inquietudes en algunos órganos pero sin cambios sustanciales en la legislación. Incluye 30 notas bibliográficas.
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