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La nueva división territorial del término municipal de Sevilla


  En: CEUMT, la Revista Municipal. -- no. 114-115 ((Abr-May 1990), 0). -- ,

  Este artículo tiene por objetivo mostrar las particularidades técnicas y el proceso de concepción y gestación de la nueva división distrital del municipio de Sevilla. Presenta en forma esquemática los presupuestos y fundamentos técnicos que se han tenido en cuenta a la hora de establecer la propuesta definitiva de reordenación. Luego analiza los posibles problemas que puede conllevar este proceso, clara desconcentración y reducida descentralización. Señala la fundamentación legal de la división en distritos: la Ley de Bases de Régimen Local y el Reglamento de Población y Demarcación Territorial. Para los estudios previos a la propuesta definitiva se han tenido en cuenta la experiencia europea y española en materia de descentralización, basada en dos premisas: a) en la delimitación de los distritos han primado las zonas con historia y personalidad propia y b) la búsqueda de límites a ámbitos de gestión válidos para la atribución de competencias. Resultó imprescindible realizar un estudio de la evolución urbana y demográfica, como así también de las diferentes divisiones territoriales de la trama urbana, de las que se realizó la esquematización cartográfica representativa. Entre los principales motivos que justifican el replanteamiento de una nueva delimitación de los ámbitos territoriales se citan: 1) la necesidad de una distribución más racional de la población; 2) favorecer la identificación social con el ámbito básico de la administración; 3) adecuación de los distritos a la realidad urbana, social y demográfica; 4) evitar el encarecimiento de los servicios y 6) favorecer la participación ciudadana. En la elaboración de la propuesta se tu
vo en cuenta el informe técnico basado en una serie de condicionantes ante una división distrital configurada por móviles políticos y de gestión. Se analizan las características orgánicas del proceso de desconcentración y las dificultades estructurales que parecen ineludibles en el camino de conformación. Concluye con un análisis del Reglamento de los Organos de los Distritos (aprobado el 29 de marzo de 1989) del que destaca una intención sólo desconcentradora, con términos decisorios muy tutelados y recortada la capacidad de iniciativa. La finalidad de las Juntas Municipales de Distrito, como órganos territoriales de gestión desconcentrada será: lograr la eficiencia en la prestación de servicios, coordinar con los órganos centrales del Ayuntamiento, fomentar la participación ciudadana, facilitar información, garantizar solidaridad y equilibrio interdistrital y de los barrios que integran su ámbito de actuación. Por tratarse de un esfuerzo que se halla prácticamente en ciernes habrá que esperar para valorarlo. Incluye bibliografía, cuadros e ilustraciones.

  1. 
ESPAÑA
; 2. 
ES
; 3. 
DESCONCENTRACION TERRITORIAL
; 4. 
DESCENTRALIZACION
; 5. 
GOBIERNO LOCAL
I.

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López Lara, Enrique
La nueva división territorial del término municipal de Sevilla
En: CEUMT, la Revista Municipal. -- no. 114-115 ((Abr-May 1990), 0). -- Barcelona : Centro de Estudios Urbanísticos Municipales y Territoriales, (Abr.-May. 1990)

Este artículo tiene por objetivo mostrar las particularidades técnicas y el proceso de concepción y gestación de la nueva división distrital del municipio de Sevilla. Presenta en forma esquemática los presupuestos y fundamentos técnicos que se han tenido en cuenta a la hora de establecer la propuesta definitiva de reordenación. Luego analiza los posibles problemas que puede conllevar este proceso, clara desconcentración y reducida descentralización. Señala la fundamentación legal de la división en distritos: la Ley de Bases de Régimen Local y el Reglamento de Población y Demarcación Territorial. Para los estudios previos a la propuesta definitiva se han tenido en cuenta la experiencia europea y española en materia de descentralización, basada en dos premisas: a) en la delimitación de los distritos han primado las zonas con historia y personalidad propia y b) la búsqueda de límites a ámbitos de gestión válidos para la atribución de competencias. Resultó imprescindible realizar un estudio de la evolución urbana y demográfica, como así también de las diferentes divisiones territoriales de la trama urbana, de las que se realizó la esquematización cartográfica representativa. Entre los principales motivos que justifican el replanteamiento de una nueva delimitación de los ámbitos territoriales se citan: 1) la necesidad de una distribución más racional de la población; 2) favorecer la identificación social con el ámbito básico de la administración; 3) adecuación de los distritos a la realidad urbana, social y demográfica; 4) evitar el encarecimiento de los servicios y 6) favorecer la participación ciudadana. En la elaboración de la propuesta se tu
vo en cuenta el informe técnico basado en una serie de condicionantes ante una división distrital configurada por móviles políticos y de gestión. Se analizan las características orgánicas del proceso de desconcentración y las dificultades estructurales que parecen ineludibles en el camino de conformación. Concluye con un análisis del Reglamento de los Organos de los Distritos (aprobado el 29 de marzo de 1989) del que destaca una intención sólo desconcentradora, con términos decisorios muy tutelados y recortada la capacidad de iniciativa. La finalidad de las Juntas Municipales de Distrito, como órganos territoriales de gestión desconcentrada será: lograr la eficiencia en la prestación de servicios, coordinar con los órganos centrales del Ayuntamiento, fomentar la participación ciudadana, facilitar información, garantizar solidaridad y equilibrio interdistrital y de los barrios que integran su ámbito de actuación. Por tratarse de un esfuerzo que se halla prácticamente en ciernes habrá que esperar para valorarlo. Incluye bibliografía, cuadros e ilustraciones.

1. ESPAÑA; 2. ES; 3. DESCONCENTRACION TERRITORIAL; 4. DESCENTRALIZACION; 5. GOBIERNO LOCAL I. Marchena Gómez, Manuel
Solicitante: