Este artículo tiene por objetivo presentar una breve reseña histórica de los Consejos Vecinales -precedidos por las Juntas Vecinales creadas a fines de la década del 60 e integradas por representantes de entidades de "bien común"-; por la nueva Ley Municipal No. 19.987/72 se crearon los consejos como organismos vecinales representativos, elegidos mediante sufragio; sus funciones abarcan dos clases de tareas: comunicar al Ejecutivo Municipal los problemas barriales y las demandas de los vecinos y promover la participación y autogestión vecinales. Expone su difícil realidad actual debido a su precario status institucional a causa, sobre todo, de la falta de reconocimiento externo de los mismos como institución gubernamental municipal por parte de los habitantes porteños, que sienten ante los consejeros la misma desconfianza que les merece la dirigencia política; que los objetivos de la actual gestión con respecto a los consejos pasa por la voluntad política de convertir a la descentralización y la participación ciudadana en eje de la transformación municipal, a través de distintos programas vinculados directamente con los consejos -como los Talleres de Planeamiento y Gestión- o programas que contemplen la desconcentración de servicios y tareas administrativas y de atención al público en sus sedes. Concluye señalando que la propia naturaleza de las funciones de los Consejos Vecinales y su carácter representativo le otorgan la oportunidad de constituirse en pilares fundamentales de la recuperación de la confianza popular en la política y en las instituciones como instrumentos de la transformación social.
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Armada, Arturo
Consejos vecinales y proceso de descentralización
En: Cambios. -- Año 1, no. 1 ((Ene. 1991), 0). -- Buenos Aires : Buenos Aires. Municipalidad.Secretaría de Planeamiento. Subsecretaría de Programación, (Ene. 1991)
Este artículo tiene por objetivo presentar una breve reseña histórica de los Consejos Vecinales -precedidos por las Juntas Vecinales creadas a fines de la década del 60 e integradas por representantes de entidades de "bien común"-; por la nueva Ley Municipal No. 19.987/72 se crearon los consejos como organismos vecinales representativos, elegidos mediante sufragio; sus funciones abarcan dos clases de tareas: comunicar al Ejecutivo Municipal los problemas barriales y las demandas de los vecinos y promover la participación y autogestión vecinales. Expone su difícil realidad actual debido a su precario status institucional a causa, sobre todo, de la falta de reconocimiento externo de los mismos como institución gubernamental municipal por parte de los habitantes porteños, que sienten ante los consejeros la misma desconfianza que les merece la dirigencia política; que los objetivos de la actual gestión con respecto a los consejos pasa por la voluntad política de convertir a la descentralización y la participación ciudadana en eje de la transformación municipal, a través de distintos programas vinculados directamente con los consejos -como los Talleres de Planeamiento y Gestión- o programas que contemplen la desconcentración de servicios y tareas administrativas y de atención al público en sus sedes. Concluye señalando que la propia naturaleza de las funciones de los Consejos Vecinales y su carácter representativo le otorgan la oportunidad de constituirse en pilares fundamentales de la recuperación de la confianza popular en la política y en las instituciones como instrumentos de la transformación social.
1. ARGENTINA; 2. AR; 3. DESCENTRALIZACION; 4. PARTICIPACION CIUDADANA; 5. BUENOS AIRES; 6. CONSEJO VECINAL I. Arguello, Jorge Daniel