EL REGLAMENTO DE FALTAS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES ES LEGAL
En: BOLETIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE. -- Vol. 6, no. 23-28 (JULIO- DICIEMBRE, 1941). --
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1939
Este reglamento reúne y coordina las disposiciones legales preexistentes, contenidas en el código de Procedimientos en lo Criminal y Ley Orgánica Municipal, ha generado mucha resistencia. La primera crítica señala que la Intendencia Municipal carece de facultad legal para señala normas de procedimientos judiciales para ejecutar el cobro de multas.
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