La Av. Gral Paz de circunvalación a la Capital Federal, es una obra extraordinaria por sus proporciones y la función que está destinada a cumplir. También por el origen histórico, que la vincula con la organización política del país. El primer instrumento legal que determinó esta construcción fue la ley 2089 de 1887, por la cual se anexaron a la capital los barrios de Flores y Belgrano, y que estableció además que debería hacerse a costa de la Nación una avenida lindera de 100 m de ancho. Esta ley quedó en la nada en relación a la avenida y fue suplida en 1904 mediante la ley 4506. Esta norma declaró de utilidad pública los terrenos afectados y autorizó su expropiación. Luego la ley de Vialidad 11658 fijó el financiamiento para encarar las obras, más tarde ratificada por la ley 12134 que incluyó los convenios entre las jurisdicciones.
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HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES (HCD)
AVENIDA GENERAL PAZ
En: BOLETIN DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE. -- Vol. 4, no. 15-19 (JULIO-DICIEMBRE, 1940). -- BUENOS AIRES : MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, 1939
La Av. Gral Paz de circunvalación a la Capital Federal, es una obra extraordinaria por sus proporciones y la función que está destinada a cumplir. También por el origen histórico, que la vincula con la organización política del país. El primer instrumento legal que determinó esta construcción fue la ley 2089 de 1887, por la cual se anexaron a la capital los barrios de Flores y Belgrano, y que estableció además que debería hacerse a costa de la Nación una avenida lindera de 100 m de ancho. Esta ley quedó en la nada en relación a la avenida y fue suplida en 1904 mediante la ley 4506. Esta norma declaró de utilidad pública los terrenos afectados y autorizó su expropiación. Luego la ley de Vialidad 11658 fijó el financiamiento para encarar las obras, más tarde ratificada por la ley 12134 que incluyó los convenios entre las jurisdicciones.
1. HISTORIA; 2. AVENIDA GENERAL PAZ; 3. TRANSITO; 4. VIAS DE ACCESO; 5. BUENOS AIRES (PROVINCIA); 6. BUENOS AIRES; 7. ARGENTINA