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Biblioteca Pública "Esteban Echeverría"
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CODIGO DE PLANEAMIENTO URBANO

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  ANTECEDENTES : LA CIUDAD DE BUENOS AIRES HA REGIDO SUS NORMAS DE OCUPACION Y USO DEL SUELO POR EL CODIGO DE LA EDIFICACION, DEL AÑO 1944 BASADO EN EL DECRETO-LEY Nº 9434/44, EL CUAL RESULTO UN AVANCE EN MATERIA DE CONTROL EDILICIO. MUCHAS DE SUS DISPOSICIONES, NECESITABAN REVISION Y UNA COMPLEMENTACION. LA MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES ENCARO EL ESTUDIO SISTEMATICO DE LA CIUDAD, QUE FUE CONCRETADO EN LA FORMULACION DEL PLANO DIRECTOR; ENTRE OTROS TRABAJOS FUE EL PRIMER PROYECTO DEL CODIGO DE PLANEAMIENTO URBANO EN EL AÑO 1973. LAS PRESENTES NORMAS DEL CODIGO DE PLANEAMIENTO URBANO SON EL INSTRUMENTO NECESARIO PARA LA PUESTA EN PRACTICA DE LOS OBJETIVOS FUNDAMENTALES CONTENIDOS EN EL PLANO DIRECTOR; LAS NORMAS DE PLANEAMIENTO URBANOS FUERON SOMETIDAS EN CONSULTA A LAS ASOCIACIONES PROFESIONALES EN EL AÑO 1976. ALGUNOS DE LOS OBJETIVOS DE ESTE CODIGO SON :- ORIENTAR AL DESARROLLO DE LA CIUDAD - GARANTIZAR LOS REQUERIMIENTOS AMBIENTALES, - REGULAR LA INTENSIDAD Y EL USO DE LAS PARCELAS Y DETERMINAR EL AREA DE SUPERFICIES LIBRES ENVOLVENTES DE LOS EDIFICIOS, TENDIENDO A LA MAYOR LIBERACION DEL SUELO URBANO Y A LA CONSTRUCCION DE EDIFICIOS DE PERIMETRO LIBRE; - LOGRAR LA RECUPERACION DE SECTORES IMPORTANTES DE LA CIUDAD; - PROMOVER LA ADOPCION DE UN SISTEMA VIAL PRIMARIO DE AUTOPISTAS URBANAS; - REACTIVAR SECTORES POSTERGADOS DE LA CIUDAD; - ATENDER A LA ESTETICA URBANA, FIJANDO LINEAS DE EDIFICACION Y ESTABLECIENDO DISPOSICIONES ESPECIFICAS EN DISTRITOS ESPECIALES; PRESERVAR LOS AMBITOS Y EDIFICIOS DE VALOR HISTORICO, TRADICIONAL O ARQUITECTONICO; - CONTROLAR EL MANTENIMIENTO DE NIVELES DE CALIDAD AMBIENTAL; - REGULAR LA FORMA DE SUBDIVISION DE LA TIERRA EN PARCELAS OPTIMAS, PROMOVIENDO EL ENGLOBAMIENTO DE PARCELAS; - PROTEGER EL CARACTER Y LA ESTABILIDAD DE AREAS DE RESIDENCIA, COMERCIO, EQUIPAMIENTO E INDUSTRIAL, PROHIBIENDO USOS Y EDIFICIOS INCOMPATIBLES CON EL CARACTER DE CADA DISTRITO Y CONTROLANDO AMPLIACIONES, ALTERACIONES O REMODELACIONES DE EDIFICIOS EXISTENTES CUYOS USOS Y CARACTERISTICAS NO SEAN CONFORMES CON EL CARACTER DEL DISTRITO

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BUENOS AIRES. MUNICIPALIDAD (M.C.B.A.)
CODIGO DE PLANEAMIENTO URBANO. -- BUENOS AIRES : MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, 1976

ANTECEDENTES : LA CIUDAD DE BUENOS AIRES HA REGIDO SUS NORMAS DE OCUPACION Y USO DEL SUELO POR EL CODIGO DE LA EDIFICACION, DEL AÑO 1944 BASADO EN EL DECRETO-LEY Nº 9434/44, EL CUAL RESULTO UN AVANCE EN MATERIA DE CONTROL EDILICIO. MUCHAS DE SUS DISPOSICIONES, NECESITABAN REVISION Y UNA COMPLEMENTACION. LA MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES ENCARO EL ESTUDIO SISTEMATICO DE LA CIUDAD, QUE FUE CONCRETADO EN LA FORMULACION DEL PLANO DIRECTOR; ENTRE OTROS TRABAJOS FUE EL PRIMER PROYECTO DEL CODIGO DE PLANEAMIENTO URBANO EN EL AÑO 1973. LAS PRESENTES NORMAS DEL CODIGO DE PLANEAMIENTO URBANO SON EL INSTRUMENTO NECESARIO PARA LA PUESTA EN PRACTICA DE LOS OBJETIVOS FUNDAMENTALES CONTENIDOS EN EL PLANO DIRECTOR; LAS NORMAS DE PLANEAMIENTO URBANOS FUERON SOMETIDAS EN CONSULTA A LAS ASOCIACIONES PROFESIONALES EN EL AÑO 1976. ALGUNOS DE LOS OBJETIVOS DE ESTE CODIGO SON :- ORIENTAR AL DESARROLLO DE LA CIUDAD - GARANTIZAR LOS REQUERIMIENTOS AMBIENTALES, - REGULAR LA INTENSIDAD Y EL USO DE LAS PARCELAS Y DETERMINAR EL AREA DE SUPERFICIES LIBRES ENVOLVENTES DE LOS EDIFICIOS, TENDIENDO A LA MAYOR LIBERACION DEL SUELO URBANO Y A LA CONSTRUCCION DE EDIFICIOS DE PERIMETRO LIBRE; - LOGRAR LA RECUPERACION DE SECTORES IMPORTANTES DE LA CIUDAD; - PROMOVER LA ADOPCION DE UN SISTEMA VIAL PRIMARIO DE AUTOPISTAS URBANAS; - REACTIVAR SECTORES POSTERGADOS DE LA CIUDAD; - ATENDER A LA ESTETICA URBANA, FIJANDO LINEAS DE EDIFICACION Y ESTABLECIENDO DISPOSICIONES ESPECIFICAS EN DISTRITOS ESPECIALES; PRESERVAR LOS AMBITOS Y EDIFICIOS DE VALOR HISTORICO, TRADICIONAL O ARQUITECTONICO; - CONTROLAR EL MANTENIMIENTO DE NIVELES DE CALIDAD AMBIENTAL; - REGULAR LA FORMA DE SUBDIVISION DE LA TIERRA EN PARCELAS OPTIMAS, PROMOVIENDO EL ENGLOBAMIENTO DE PARCELAS; - PROTEGER EL CARACTER Y LA ESTABILIDAD DE AREAS DE RESIDENCIA, COMERCIO, EQUIPAMIENTO E INDUSTRIAL, PROHIBIENDO USOS Y EDIFICIOS INCOMPATIBLES CON EL CARACTER DE CADA DISTRITO Y CONTROLANDO AMPLIACIONES, ALTERACIONES O REMODELACIONES DE EDIFICIOS EXISTENTES CUYOS USOS Y CARACTERISTICAS NO SEAN CONFORMES CON EL CARACTER DEL DISTRITO

1. CODIGOS; 2. PLANEAMIENTO URBANISTICO; 3. MUNICIPALIDADES; 4. BUENOS AIRES; 5. ARGENTINA
Solicitante: